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Asistencia legal por deshaucio - Garantías del seguro de alquiler

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Asistencia legal por deshaucio

Mediante esta garantía complementaria de la prestación de impago el Asegurador asumirá los intereses del Asegurado, defendiendo sus intereses contractuales en vía extrajudicial y reclamando sus derechos en vía judicial, en los conflictos que surjan entre Arrendador y Arrendatario directamente relacionados con el impago de la renta contractual, quedando garantizados los juicios de desahucio por falta de pago, a partir de la primera mensualidad de impago.

La prestación del Servicio de "Asistencia Legal" por Desahucio o Impago de rentas en vía extrajudicial, será realizada directamente por los Servicios Jurídicos del Asegurador.

Si esas gestiones extrajudiciales resultan infructuosas, se acudirá a la vía judicial, quedando garantizado el pago de los gastos jurídicos que comporte la acción de desahucio o reclamación de rentas hasta la cantidad indicada en el Condicionado Particular de la Póliza. Hasta dicha cuantía se garantizan los honorarios de abogado, fijados según los Criterios sobre honorarios de su Colegio profesional, por sus mínimos, y los derechos arancelarios de procurador si su intervención es preceptiva. No se comprende el pago de tasas y gastos de cualquier otro tipo.

El Arrendador prestará la colaboración necesaria al Asegurador para el buen fin de la acción de deshaucio.

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