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            DE NUEVOS PRODUCTOS

Producto de la Semana

cuenTAEgon



Nombre: CuenTAEgon - CuenTAEgon Junior
Entidad: Aegon Inversión
Tipo: Seguro de Vida Ahorro
Lanzamiento: Marzo de 2010

España

SANTALUCÍA lanza PLANVIDA, nueva gama de seguros de Vida-Riesgo

logo Santalucia
SANTALUCÍA ha lanzado una nueva gama de seguros de Vida-Riesgo TAR (Temporal Anual Renovable), bajo la denominación ‘PLANVIDA’. Comprende 3 modalidades de producto: general, single y mujer, destinado a estas 3 tipologías de clientes. (leer más)

UNIÓN ALCOYANA amplía las garantías del carné por puntos y la gestión de infracciones de tráfico

Logo Union Alcoyana
UNIÓN ALCOYANA ha ampliado, sin incremento de prima, las garantías del carné por puntos y la gestión de infracciones de tráfico, buscando así ajustarse a las necesidades de sus asegurados derivadas de la reciente entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. (leer más)

ZURICH lanza ‘Zurich Doble Rentabilidad’

Logo Zurich
ZURICH anuncia el lanzamiento de un nuevo seguro de Vida-Inversión a 5 años ligado a la evolución bursátil de las acciones de Telefónica. La entidad afirma que, tras el éxito de la anterior emisión, agotada en 3 semanas, sigue apostando por ofrecer productos innovadores a sus clientes con expectativa de obtener una alta rentabilidad a vencimiento. ‘Zurich Doble Rentabilidad’ permite al cliente “la posibilidad de obtener una alta rentabilidad, participando en la evolución positiva de Telefónica, siempre con su inversión protegida a vencimiento”. (leer más)

Otros mercados

Francia: GAN EUROCOURTAGE lanza un seguro para proteger a las empresas que organizan eventos o seminarios profesionales

Bandera Francia
GAN EUROCOURTAGE ha desarrollado ‘Gan Événementia Pro’, un nuevo producto, polivalente y modulable, para proteger a las empresas que organizan puntual o regularmente distintos actos, eventos o seminarios profesionales. (leer más)

Francia: MONDIAL ASSISTANCE ofrece servicios de asistencia a las motos de la marca Triumph

Bandera Francia
MONDIAL ASSISTANCE ha alcanzado un acuerdo con el fabricante de motos Triumph, por el que todos los vehículos de dos ruedas de esta marca vendidos en Francia disponen, desde ahora y durante los dos años de garantía del fabricante, de los servicios de asistencia de la aseguradora, lo que representa un potencial de entre 8.000 y 10.000 motos. (leer más)

Entorno

LÍNEA DIRECTA alquilará vehículos de sustitución a través de su red de talleres

Logo Linea directa aseguradora
LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA facilitará el alquiler de coches de sustitución a través de su red de talleres colaboradores. De esta forma, los clientes de la red de talleres colaboradores de la aseguradora que dispongan del servicio podrán disfrutar de un coche de sustitución tantos días como necesiten, independientemente de las coberturas que tengan contratadas en su póliza. El precio oscilará entre los 15 y los 25 euros al día, en función de si se es o no cliente de la compañía, que destaca que supone un 55% de ahorro respecto a la media del mercado. (leer más)

Acuerdo de colaboración de ASEFA con el Grupo Hospital de Madrid

logo asefa
ASEFA ha firmado un acuerdo de colaboración con el Grupo Hospital de Madrid que le permite ampliar sus servicios de asistencia sanitaria en la Comunidad de Madrid, al incluirse en el convenio los cuatro centros hospitalarios que tiene Grupo HM: Hospital de Madrid, Hospital de Madrid Montepríncipe, Hospital de Madrid Torrelodones y Hospital de Madrid Sanchinarro. Los asegurados de Salud de la compañía podrán así beneficiarse del cuadro médico de esos centros y las instalaciones de los hospitales del grupo, en función de las condiciones de su póliza. (leer más)

El servicio de atención telefónica de LAGUN ARO ofrece el mejor tiempo de respuesta

logo Lagun aro
LAGUN ARO ha anunciado que el tiempo de respuesta de su servicio de atención telefónica ha sido el mejor de entre un grupo de 13 de las aseguradoras más importantes del sector durante el primer cuatrimestre del año, en función de un estudio sobre calidad de la atención telefónica de Ceveco Auditores. Detalla que la velocidad media de respuesta entre las aseguradoras es de 50 segundos, tiempo que se reduce a 17 segundos gracias a SERVINET-Lagun Aro, el Centro de Gestión de Servicios de reparaciones de Ramos Diversos de la compañía. (leer más)

CHARTIS nombrada ‘Mejor Aseguradora Global’ por Euromoney

logo Chartis
La revista ‘Euromoney’ ha dado a conocer los resultados de su ‘Estudio Anual de Seguros’, en el que CHARTIS ha sido elegida como ganadora en la categoría de ‘Best Global Insurance Company’ (‘Mejor Aseguradora Global’) de 2010. (leer más)

Producto de la semana

cuenTAEgon



Nombre: CuenTAEgon - CuenTAEgon Junior
Entidad: Aegon Inversión
Tipo:Seguro de Vida Ahorro
Lanzamiento: Marzo de 2010


AEGON INVERSIÓN ha lanzado ‘CuenTAEgon’, un producto de Vida Ahorro con total disponibilidad, “dirigido a clientes que buscan absoluta sencillez y transparencia y que no quieren “atarse” a largo plazo a una inversión (total disponibilidad de los ahorros)”, explica la entidad.

La nueva oferta presenta dos versiones, ‘CuenTAEgon’ (para el público en general) y ‘CuenTAEgon Junior’ (para ahorro infantil), que ofrecen un 4% TAE durante los cuatro primeros meses y a continuación un 1,7% hasta el 31 de diciembre de 2010 (comunicándose trimestralmente el interés en vigor y siendo como mínimo del 1% TAE).

Las principales ventajas del producto son las siguientes:

- Comodidad: desde 50 euros al mes, el cliente decide la regularidad con la que realizar el ahorro periódico (mensual, trimestral, semestral o anual), además de poder aportar cantidades adicionales cuando disponga de ingresos extras.

- Flexibilidad y disponibilidad: en función de la disponibilidad económica, permite aportar más o menos cantidades, paralizar temporalmente pagos o rescatar parte del fondo acumulado sin penalización (cantidades ahorradas más intereses, salvo el primer año que en caso de rescate las cantidades que se recuperarán serán las cantidades aportadas hasta ese momento).

- Seguridad: AEGON INVERSIÓN explica que “suceda lo que suceda, las personas que se designen como beneficiarios recibirían el capital acumulado e intereses, además de un capital por fallecimiento”.

- Ventajas fiscales: ‘CuenTAEgon’, frente a productos de libre disposición, ofrece importantes ventajas fiscales ya que los intereses generados del ahorro no tributarán hasta que se disponga de ellos. “Y si en el futuro se decide disponer de los ahorros en forma de renta se obtendrán los mejores beneficios fiscales”, aclara la entidad.

“Con el lanzamiento de este producto, AEGON afronta un nuevo reto respecto de su oferta actual, apostando por satisfacer las nuevas necesidades y demandas de los clientes en concepto de ahorro”, concluye.

Compromisos que contrae AEGON INVERSIÓN

Pago de las Prestaciones

Por el presente contrato la compañía garantiza a los beneficiarios designados por el tomador el pago de las prestaciones pactadas en las condiciones particulares de esta póliza, dentro del apartado garantías, y con los límites en ellas establecidos.

Valor de la póliza

Es el saldo de la provisión matemática y constituye el patrimonio de la póliza. Su cálculo se determina de la forma siguiente:

- Suma de las primas netas pagadas
- Más los intereses acreditados
- Menos los gastos mensuales

Tasas de interés

AEGON podrá aplicar tasas superiores a las garantizadas para calcular el valor de la póliza. Estas tasas de interés serán declaradas por la compañía en cada 1º de enero, 1º de abril, 1º de julio y 1º de octubre de cada año. La tasa determinada en las fechas indicadas no será variada durante el periodo trimestral en que quede fijada.

Sólo podrán aplicarse tasas de interés garantizado inferiores a las que figuran en las condiciones particulares de la póliza a futuras aportaciones extraordinarias en exceso de las aportaciones programadas previstas. En cualquier caso, éstas tendrán garantizado como mínimo el tipo de interés que la compañía esté garantizando el año en que se hace dicha aportación extraordinaria.

Gastos mensuales

Cada mes, en la fecha mensual, se calcularán los gastos mensuales, que se deducirán del valor de la póliza, mientras éste sea positivo, con independencia de que se haya pagado prima o no. Son la suma del costo del seguro de riesgo más los gastos de administración y mantenimiento.

Rescate de la póliza

El tomador, mientras viva el asegurado, tendrá derecho a efectuar rescates totales y parciales con cargo al valor de su póliza.

2.5.1. Rescate total

El valor de rescate total se determina de la siguiente manera:

- Valor de la póliza, valorada al siguiente día hábil después de la recepción de la solicitud de rescate en las oficinas de AEGON.

- Menos los gastos por rescate total que se indiquen en las condiciones particulares y cualquier deuda pendiente.

La póliza queda rescindida cuando se rescata por su valor de rescate total.

Rescate parcial

El valor de rescate parcial será igual a la cantidad solicitada. El valor de la póliza una vez realizado el rescate parcial se verá disminuido en la cantidad solicitada más los gastos de rescate parcial que se indican en las condiciones particulares.

El valor máximo de rescate parcial será el 80% del valor de rescate total.

Préstamos

El tomador podrá solicitar en préstamo, después de transcurrir y pagar la primera anualidad, hasta un 80% del valor de rescate total (neto de cualquier deuda existente), menos los intereses anuales adelantados sobre el préstamo.

La tasa de interés sobre préstamos será el tipo legal del dinero del año en que se solicite, más dos puntos, y se cobrarán por adelantado. En cada aniversario del préstamo vencen los intereses para el año siguiente. Los intereses impagados a su vencimiento serán sumados al préstamo incrementando el valor de éste.

Es posible devolver un préstamo, parcial o totalmente, en cualquier momento durante la vigencia de esta póliza. El pago deberá ascender, como mínimo, a 300 euros. Si la cuantía del préstamo es inferior a 300 Euros, será necesario efectuar la devolución de la totalidad.

Derechos que se reconocen

Divergencias en el contenido de la póliza

Si el contenido de la póliza difiere de la solicitud de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador podrá reclamar al asegurador en el plazo de un mes, a contar desde la entrega de la póliza, para que se subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza.

Indisputabilidad

Salvo que hubiera habido dolo, fraude u ocultación en la información sobre el estado de salud del asegurado, la póliza es indisputable una vez transcurridos doce meses desde la fecha de emisión.

Error en la edad

En el supuesto de indicación inexacta de la edad del asegurado, el asegurador sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de la entrada en vigor de la póliza excede de los límites de admisión establecidos por AEGON INVERSIÓN para este seguro.

Designación y cambio de beneficiarios, cesión y pignoración de la póliza

Durante la vigencia de la póliza, el tomador del seguro podrá designar beneficiarios o modificar la designación anteriormente señalada, mientras no haya renunciado expresamente y por escrito a tal facultad. La designación de beneficiarios podrá hacerse en la solicitud, en una posterior declaración escrita comunicada a AEGON INVERSIÓN, o en testamento.

En el momento del fallecimiento del asegurado, prevalecerá la designación de beneficiarios que en ese momento figure en los registros del asegurador y, por tanto, éste quedará liberado de cualquier responsabilidad por los pagos efectuados en base a la póliza y con arreglo a las condiciones señaladas.

El tomador del seguro podrá en todo momento ceder o pignorar la póliza, siempre que no haya sido designado beneficiario con carácter irrevocable.

La cesión o pignoración de la póliza implica la revocación del beneficiario. El tomador del seguro deberá comunicar por escrito al asegurador la cesión o pignoración realizada.

Extravío o destrucción de la póliza

El tomador del seguro lo comunicará por carta certificada al asegurador, el cual procederá a la emisión del duplicado correspondiente.

Información de la póliza

Periódicamente, AEGON INVERSIÓN le enviará un informe indicando el valor de la póliza actual y el valor de rescate. Asimismo se le enviará un informe a 31 de diciembre de cada año.

Rescisión de la póliza

El tomador tiene un plazo de treinta días para cancelar su póliza sin ningún coste. Para ello deberá comunicarlo por escrito a su mediador o a cualquiera de las oficinas de AEGON INVERSIÓN, que le devolverá los pagos efectuados.

Riesgos extraordinarios cubiertos

a) Los siguientes fenómenos de la naturaleza: terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias (incluyendo los embates de mar), erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos extraordinarios de rachas superiores a 135 km/h, y los tornados) y caídas de meteoritos.

b) Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.

c) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

Riesgos excluidos

a) Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro.
b) Los ocasionados en personas aseguradas por contrato de seguro distinto a aquellos en que es obligatorio el recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros.
c) Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra.
d) Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.
e) Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los señalados en el artículo 1 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, y en particular, los producidos por elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o asentamiento de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos similares, salvo que estos fueran ocasionados manifiestamente por la acción del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con carácter simultáneo a dicha inundación.
f) Los causados por actuaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983,de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que las citadas actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos extraordinarios conforme al artículo 1 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios.
g) Los causados por mala fe del asegurado.
h) Los correspondientes a siniestros producidos antes del pago de la primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta de pago de las primas.
i) Los siniestros que por su magnitud y gravedad sean calificados por el Gobierno de la Nación como de “catástrofe o calamidad nacional”.

Extensión de la cobertura

La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y sumas aseguradas que se hayan establecido en la póliza a efectos de los riesgos ordinarios. En las pólizas de seguro de vida que, de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que, de conformidad con la normativa citada, la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la citada provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.

Cómo proceder al cobro del seguro

Cobro del rescate

El tomador podrá decidir el cobro del rescate total de la póliza en forma de capital o en forma de renta. Para solicitar su pago remitirá a las oficinas de AEGON una solicitud por escrito, el último recibo de prima pagado y una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

En caso de decidir su cobro en forma de renta, el importe de la misma se determinará teniendo en cuenta las bases técnicas vigentes en el momento de causarse la prestación.

Pago de primas

Pagos Programados de Primas

En las condiciones particulares del seguro se encuentran los pagos programados de primas, por cuantía y frecuencia. Estos pagos son flexibles y el tomador tiene derecho a cambiar la cuantía y frecuencia de los mismos, así como dejar de pagar las primas. Para ello deberá comunicarlo por escrito a AEGON INVERSIÓN con un plazo mínimo de un mes antes de producirse el cambio.

Si por el Banco o Caja en que estuvieran domiciliados se devuelven impagados 3 recibos de primas programadas, sin la referida comunicación escrita previa, AEGON INVERSIÓN podrá interrumpir la emisión de nuevos recibos de primas hasta que el tomador le comunique por escrito su deseo de que se reanude la emisión y presentación de nuevos recibos de primas.

Prima Inicial

La prima inicial será exigible una vez firmado el contrato. Si no hubiera sido pagada por culpa del tomador, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago en vía ejecutiva con base en la póliza, y si no hubiera sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario.

Primas sucesivas

Las primas sucesivas se pagarán por medio de cuenta abierta en el banco o caja de ahorros, y se aplicarán las siguientes normas:

a) El tomador del seguro entregará al asegurador una carta dirigida al establecimiento bancario o Caja de Ahorros, autorizando el pago con cargo a su cuenta de los recibos de prima de la póliza. El asegurador dará el curso correspondiente a dicha carta acreditativa de que el tomador del seguro ha dado la oportuna orden de pago. La citada orden de pago no constituye en sí acto de pago de la prima.

b) La prima se entenderá satisfecha a su vencimiento, salvo que, intentado el cobro dentro del plazo de gracia de 30 días, no existiesen fondos suficientes en la cuenta del tomador del seguro. En este caso, se enviará directamente al tomador del seguro una notificación, ofreciéndole la posibilidad de que abone el importe del recibo en cualquier sucursal de las entidades financieras colaboradoras con la entidad aseguradora, dentro del plazo indicado.

c) Si el asegurador dejase transcurrir el plazo de gracia sin presentar al cobro el recibo y, al hacerlo, no existiesen fondos en la cuenta del tomador del seguro, aquél estará obligado a notificar tal hecho al mismo por carta certificada o cualquier otro medio indubitado, concediéndose un nuevo plazo de 30 días naturales para que pueda satisfacer su importe en el domicilio de alguna de las oficinas o agencias del asegurador del lugar de residencia del tomador del seguro. Este plazo se computará desde la fecha de recibo de la expresada carta o notificación.

Devolución de recibos

En caso de devolución de algún recibo presentado al cobro mediante banco o caja de ahorros, AEGON INVERSIÓN se reserva la facultad de cobrar al tomador del seguro los gastos bancarios ocasionados con motivo de la devolución de dicho recibo.

Primas adicionales sin programar

Es posible efectuar pagos de primas adicionales siempre que la póliza esté en vigor y no exista deuda. La cuantía mínima aceptada por prima sin programar es de 100 euros.

Continuación de la extensión de riesgos cubiertos

Si las primas planificadas, resultan impagadas y no se reciben primas adicionales, esta póliza continuará vigente a menos que sean aplicables las condiciones de período de gracia.

Período de gracia

Si el valor de la póliza menos la deuda pendiente no resulta suficiente, en cualquier fecha mensual, para pagar la próxima deducción mensual, se otorgará un período de gracia de 30 días, enviando al tomador notificación por escrito al respecto a su última dirección conocida. Si no se efectúa un pago suficiente antes de la expiración del período de gracia, la póliza cesará y quedará sin valor alguno. Si el asegurado muere durante el período de gracia, se pagará el capital por fallecimiento, restándole cualquier deuda pendiente y cualquier deducción mensual impagada.

Rehabilitación

La póliza puede ser rehabilitada durante la vida del asegurado, si dicha póliza cesó debido a insuficiencia de pago durante el período de gracia. Para tener validez, la rehabilitación deberá llevarse a cabo en un plazo máximo de 5 años a partir de la fecha de finalización del período de gracia.

Para poder rehabilitarla será preciso solicitarlo escrito, pagar cualquier deuda pendiente y las suficientes primas para mantener la póliza en vigor durante, por lo menos, 3 meses.

La póliza no podrá ser rehabilitada si ha sido rescatada totalmente.

 

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