Defensa de la responsabilidad penal del arrendador - Garantías del seguro de alquiler
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Defensa de la responsabilidad penal del arrendador
Por esta garantía se ampara la defensa de la responsabilidad penal del Asegurado, o, en su caso, del Administrador del contrato de arrendamiento, en aquellos procesos que, por delito o falta de imprudencia, impericia o negligencia, se le sigan como arrendador de la vivienda o local descrito en el contrato.
Esta garantía se extiende a la constitución por el Asegurador de la fianza penal que pueda establecer el Juez, en los supuestos penales garantizados y hasta el límite máximo conjunto de Gastos Jurídicos Garantizados pactado, tendente a obtener su libertad provisional, avalar su presentación a juicio y responder, en su caso, del pago de las costas de exclusivo orden penal.
Si en esos supuestos penales se produjera la detención del Asegurado, el Asegurador pondrá a su disposición un abogado, que le asista en su declaración y le informe de sus derechos.
En ningún caso el Asegurador responde de las multas o sanciones pecuniarias que puedan imponerse al Asegurado, ni de las indemnizaciones o costas de orden civil.
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