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Impago de Alquileres - Garantías del Seguro de Alquiler

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Impago de Alquileres

Objeto del Seguro

El seguro garantiza frente al impago del alquiler de la vivienda arrendada por parte del inquilino, la compensación económica por el Asegurador al Asegurado Arrendador del importe total de las rentas arrendaticias mensuales devengadas que le haya dejado impagadas el Arrendatario, deducidas las mensualidades de franquicia, y hasta el límite de capital garantizado, cuando recaiga sentencia firme de desahucio o cualquiera otra resolución judicial, o laudo arbitral, que ponga fin al arrendamiento o imponga al inquilino moroso condena al pago de las rentas sin que aquél las abone.

El laudo arbitral deberá haber sido dictado en arbitraje de derecho, conforme a la Ley de Arbitraje de 23 de diciembre de 2003, y ser ejecutable ante los Tribunales de justicia.

La vivienda arrendada y la renta mensual del arrendamiento objeto del seguro son las que se identifican y cuantifican en el Condicionado Particular de la póliza

Rentas Aseguradas

El número máximo de rentas mensuales de alquiler vencidas e impagadas que se garantizan por el Seguro serán las que figuren en las Condiciones Particulares de la Póliza.

El Asegurador garantiza el pago de la renta impagada por el importe real de la misma establecido en el Contrato de Arrendamiento y declarado en el Condicionado Particular de la Póliza.

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