En este sentido,
Gustavo Cerdeña, gerente general de
LA POSITIVA SEGUROS GENERALES, indica que “
se ha desarrollado este nuevo producto de 'carta fianza' con la finalidad de facilitar el retiro de mercancías dentro de las 48 horas de llegada de la embarcación marítima, difiriendo el pago de tributos aduaneros ante la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria)
, hasta el 20 del mes siguiente del término de la descarga o de la numeración de la DUA (Declaración Única de Aduanas)
. La carta fianza está aprobada por la SBS (SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP)
y la SUNAT y son solidarias, irrevocables, incondicionales, sin beneficio de excusión (derecho que tiene el fiador de oponerse a hacer efectiva la fianza en tanto el acreedor no haya ejecutado todos los bienes del deudor)
y de realización automática”.