Tenemos un
seguro de salud por sólo
39,41€ al mes con amplias coberturas y gran cuadro médico.
A aquellas personas que deseen solucionar el problema de los imprevistos económicos, que pueden surgir como consecuencia de una hospitalización (pérdida de ingresos,gastos de traslado,ayuda en el hogar,...).
Salud dental
Con este seguro se garantiza, una asistencia bucodental muy completa y totalmente personalizada, pudiendo acceder a cualquier profesional o centro sanitario especializado en odontoestomatología o radiología oral, preferentemente dentro de los que figuran en la provincia de su domicilio, en el Catálogo de Servicios a nivel nacional y que han sido cuidadosamente seleccionados por la compañía.
En términos de Seguros, franquicia es una cantidad o porcentaje expresamente pactado, a cargo del Asegurado, como participación del mismo en el coste de los servicios sanitarios.
Porque la salud es lo primero y el hecho de que hasta ahora no haya asistido al dentista, no implica que no tenga una necesidad futura de utilizar las prestaciones que le ofrece el Seguro.
La boca es una cavidad séptica, por lo que se recomienda visitar al dentista cada seis meses o al menos una vez al año.
En ocasiones nos pasamos bastante tiempo sin visitar al dentista por el presupuesto que nos pueda dar o lo que nos pueda costar.
Con este seguro nos resultará menos costosa la visita al dentista.
Teleasistencia
Sí, no hay ningún problema, el pulsador está termosellado, de tal manera que no permite el paso de ningún líquido.
Para fuera del domicilio se facilitará una tarjeta donde lleva su nombre y apellidos y nuestro número de teléfono, de tal manera que cualquier persona nos va a poder avisar y nosotros vamos a actuar de la misma manera que en su domicilio, activando los servicios necesarios.
Sí, nuestra central estará encantada de recibir su llamada y poder hablar de lo que a usted le inquiete.
No, puede pagar mensualmente, trimestralmente, o en dos plazos.
Dependerá del producto y de la Compañía. Pueden abonarle el 100% de la factura que usted presente, si bien no es lo habitual. En general, los Seguros de Reembolso tienen 2 tipos de límites: a) Porcentuales: Significa que por cada acto médico se abona hasta el 80 / 90 % de los gastos en que usted incurra, salvo lo previsto en el punto siguiente. b)Absolutos.- anuales y por cada acto: Significa que, independientemente del porcentaje que se haya estipulado en el contrato, existe un límite máximo por acto o prueba médica, así como un límite máximo anual.
En general, todos los productos facilitan servicios médicos y de ATS a domicilio en los casos siguientes: - Siempre que el enfermo no pueda trasladarse a consulta. - En casos de urgencia. - Enfermos que precisan cuidados especiales pero que no necesitan hospitalización. Normalmente se desplazarán: el médico de cabecera, el pediatra y el ATS.
En general, todos los productos suelen considerar la prestación médica de forma inmediata una vez suscrita la póliza, excepto para los servicios que tengan definidos plazos de carencia (por ejemplo partos). Le recomendamos que lea detenidamente las Condiciones Generales de su póliza
Si, siempre y cuando se lo comuniquen con dos meses de antelación al vencimiento de su póliza y no exista un tratamiento hospitalario del Asegurado, en curso.
Debe solicitar a su entidad Aseguradora una copia de dicha póliza. Puede hacerlo por teléfono por fax o en visita personal a sus oficinas. No obstante, puede acceder a los servicios médicos sin ningún problema ya que lo único que le exigirán, para atenderle, será la presentación del último recibo de prima
Dependerá del producto que Vd. tenga contratado. En general, casi todos los productos prevén la elección libre de los especilistas y por tanto, Vd. puede concertar la visista sin solicitar volantes a su médico de cabecera. No obstante, le aconsejamos que lea detenidamente las Condiciones Generales y Particulares de su póliza.
En primer lugar, la prueba deberá haberla prescrito un especialista médico de su Sociedad, mediante la entrega del oportuno volante. Después, deberá conseguir la autorización correspondiente, dirigiéndose a las oficinas de la entidad Aseguradora. Actualmente muchas de las pruebas médicas, pueden ser autorizadas por teléfono o por fax. Le aconsejamos que llame a su entidad Aseguradora, donde le darán las indicaciones oportunas para su caso.
Normalmente, se excluyen del seguro las enfermedades preexistentes y parece probado que efectivamente es su caso. Su desconocimiento del problema elimina el intento de engaño que, de otra forma, pudiera haber . Es habitual, en estos sucesos, que asegurador y asegurado lleguen a algún acuerdo que aclare la situación futura.
En los casos de urgencia vital, no son aplicables los períodos de carencia establecidos en la póliza. Un parto prematuro tendría, en principio, esa consideración.
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