El límite máximo para personas de hasta 52 años es de 8.000 euros por titular al año, aumentando esta cantidad en 1.250 euros por cada año que exceda, hasta un máximo de 24.250 euros para titulares de 65 años o más.
Supuestos para realizar la liquidación:
- 1. Jubilación
- 2. En caso de Invalidez o fallecimiento del partícipe
- 3. Paro de larga duración
- 4. Enfermedad grave
En este caso, a través de aportaciones al plan de pensiones, obtendrá un capital o renta que le ayudará a mantener su actual nivel de ingresos complementando su pensión en el momento de la jubilación sin perder el ahorro fiscal que este producto le proporciona.