Cobertura protección de carnet RACE
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Protección de carnet RACE
Persona Cubierta: La garantía es de aplicación al Socio RACE
Unlimited, que figure como tal en la base de datos del Automóvil
Club, que tenga carné de conducir en vigor expedido en
territorio español, con al menos cuatro puntos vigentes en
dicho carné en el momento de contratación del producto, o
de su renovación en su caso, y que no haya perdido la
totalidad de los puntos del carne en los dos últimos años
anteriores al alta de Socio RACE Unlimited.
Ámbito Territorial: Las garantías de este seguro tienen validez
para los hechos ocurridos dentro del territorio español, con
sujeción al Derecho aplicable por los Organismos Españoles
competentes en la materia objeto de garantía.
En todos los casos la persona cubierta debe presentar factura
acreditativa de los gastos incurridos e historial de puntos facilitado
por la Dirección General de Trafico, el Ministerio del Interior u
organismo autorizado a tal fin.
B.2.1. Indemnización mensual:
El Automóvil Club abonará al Socio RACE Unlimited una
indemnización mensual, destinada a sufragar el perjuicio
económico que pueda sufrir la persona cubierta en el supuesto de
retirada temporal del permiso de conducir de la propia persona
cubierta, motivada por:
– Decisión gubernativa.
– Resolución judicial recaída con motivo de accidente de circulación
originado exclusivamente por imprudencia, culpa o negligencia de
la persona cubierta.
– Revocación del permiso de conducir por pérdida de la totalidad
de los puntos.
El importe económico de esta garantía se determinará en función
de los siguientes tres parámetros:
– Indemnización mensual base del cálculo: 450 € (1).
– El número máximo de puntos establecido para la
categoría/antigüedad de conductor de la persona cubierta en el
momento de la contratación del producto (2)
– El número de puntos con los que contaba la persona cubierta en
el momento de contratar el producto. Se restarán los puntos que,
no habiendo sido notificada su perdida en el momento de la
contratación, es notificada posteriormente y se deba a sanciones
anteriores a la contratación o renovación del producto. Asimismo
se sumaran los puntos que hayan sido recuperados por la persona
cubierta con posterioridad a la fecha de contratación o renovación
del producto. (3)
Fórmula de cálculo del importe económico de la indemnización:
Número de puntos al contratar el seguro (3)
450 € (1) X ——————————–
Máximo de puntos alcanzables por la persona
cubierta en el momento de la contratación del
seguro (2)
El límite temporal de la indemnización será de:
– Hasta un máximo de 3 meses de indemnización, si se trata de la
primera pérdida de vigencia del carné de conducir por la pérdida
total de los puntos, en conductores profesionales.
– Hasta un máximo de 6 meses de indemnización, si se trata de la
primera pérdida de vigencia del carné de conducir por la pérdida
total de los puntos, en conductores no profesionales.
– 6 meses en el supuesto de pérdida de la vigencia del permiso de
conducir de la persona cubierta por causas psicofísicas no
recuperables de las que la persona cubierta pueda aportar
justificación.
– Hasta un máximo de 24 meses por privación temporal del carné
de conducir motivada por:
1. Decisión gubernativa ó
2. Resolución judicial recaída con motivo de accidente de
circulación originado exclusivamente por imprudencia, culpa o
negligencia de la persona cubierta.
B.2.2. Gastos de cursos de formación:
El Automóvil Club asumirá el reembolso de los gastos que la
persona cubierta, a contar desde la fecha de efecto de la pérdida
total o parcial de puntos, haya tenido que abonar en concepto de:
– Reciclaje para la obtención de la licencia de conducir, con el
límite económico máximo de 500 €.
– Asistencia a cursillos para la recuperación de puntos. La persona
cubierta deberá acreditar que ha perdido un mínimo de cuatro
puntos y que la pérdida de éstos se deben a infracciones
cometidas con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del
seguro, con el límite económico máximo de 250 €.
El importe económico de esta garantía se determinará en función
de los siguientes tres parámetros:
– El gasto de la formación o importe máximo si el gasto fuera
superior o igual al máximo garantizado (1)
– El número máximo de puntos establecido para la
categoría/antigüedad de conductor de la persona cubierta en el
momento de la contratación del producto (2)
– El número de puntos con los que contaba la persona cubierta en
el momento de contratar el seguro. Se restarán los puntos que,
no habiendo sido notificada su perdida en dicho momento, es
notificada posteriormente y se debe a sanciones anteriores a la
contratación del producto. Asimismo se sumarán los puntos que
hayan sido recuperados por la persona cubierta con posterioridad a
la fecha de contratación del producto. (3)
Fórmula de cálculo de importe económico:
Número de puntos al contratar el
producto (3)
Gasto del curso o
Importe máximo (1) X ——————–
Máximo de puntos alcanzables por la
persona cubierta en el momento de la
contratación del producto (2)
En todos los casos la persona cubierta debe presentar factura
acreditativa de los gastos incurridos.
B.2.3. Gastos de reconocimiento médico:
El Automóvil Club asumirá el reembolso de los gastos de
reconocimiento médico en los cursos de recuperación de la pérdida
del permiso de conducir, que hubieran sido soportados por la
persona cubierta, con el límite económico máximo de 60 €.