Hacerse pareja de hecho
Cuando dos personas deciden, de manera libre y pública convivir de forma similar a un matrimonio, entendemos que son una pareja de hecho. El hacerse pareja de hecho requiere de una serie de condiciones a cumplir. Cabe tener en cuenta, que en cada comunidad autónoma hay una serie de particularidades que modifican estas condiciones.
Requisitos para hacerse pareja de hecho
Normalmente se exige a la pareja lo siguiente:
Deben ser personas mayores de edad o menores emancipados .
No deben estar casados y de haberlo estado antes, deberán aportar sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial .
No estar incapacitados judicialmente.
Que no sean parientes directos, de ninguna manera posible. Esto está regulado por cada comunidad.
Que lleven algún tiempo viviendo juntos. Esto varía según cada comunidad autónoma.
Documentación que es necesaria aportar
A continuación se detallan los requisitos habituales que se deben aportar para registrarse:
El DNI, acreditación de estado civil, certificado de nacimiento de ambos y libro de familia (si se tienen hijos en común).
Documento que acredite la convivencia.
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