Indemnización actos vandálicos (Inquilino)
Indemnización de daños por actos vandálicos al continente de la vivienda causados por el inquilino – Garantías del seguro de alquiler
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Indemnización por daños al continente por actos vandálicos
Como garantía complementaria, DAS garantiza una indemnización económica por las pérdidas sufridas por el Asegurado, como consecuencia de los actos vandálicos o malintencionados causados por el arrendatario al continente del inmueble asegurado deducida la franquicia pactada y hasta el límite de la suma asegurada.
El pago de esta indemnización está condicionado a lo siguiente:
1. Que exista siniestro indemnizado con cargo a la garantía de Compensación por impago de alquileres.
2. Que se produzca el efectivo desahucio del arrendatario o el desalojo del inmueble.
3. Que no pudiera satisfacerse el daño al inmueble mediante la ejecución de fianza, aval bancario o cualquier otra garantía constituida por el arrendatario para garantizar la devolución del inmueble en correcto estado.
A los efectos de esta garantía, se considera continente las partes edificadas del inmueble asegurado, es decir, los cimientos, cubiertas, tabiques, paredes, suelos y techos. También se considerará continente:
- Instalaciones fijas de agua, gas, electricidad, teléfono, climatización, de extinción de incendios y protecciones contra el robo, así como antenas fijas de radio, televisión, placas solares y toldos.
- Loza sanitaria y grifería.
- Armarios empotrados, puertas y ventanas.
- Dependencias anexas, tales como garajes, plazas de parking y trasteros, que estuvieran ubicados en el mismo edificio en el que se encuentra el inmueble asegurado.
- Vallas, muros de cerramiento o de contención de tierras o aguas y otros que delimiten el inmueble asegurado.
- Elementos de decoración fija, tales como pintura, moqueta y parquet, de tabiques, paredes, suelos y techos.
No se garantiza esta compensación cuando los deterioros sean consecuencia del uso normal del inmueble y/o sus instalaciones, falta de mantenimiento, vicio propio o daño accidental.