Nuevo seguro de asistencia en viaje para empresas de Fiatc
Fiatc ha lanzado un seguro que da respuesta a la necesidad que tienen las empresas de asegurar a sus empleados y directivos durante sus desplazamientos al extranjero por motivos de trabajo o negocios.
El producto incluye las coberturas habituales en los seguros de Asistencia en Viaje, como son gastos médicos, repatriación y pérdida de equipajes, además de garantías específicas para este perfil de cliente.
De este modo, precisa la mutua, “el seguro incluye los accidentes laborales, pérdida de conexión de vuelos y sustitución de personal o gastos de reincorporación del empleado repatriado, gastos de terapia psicológica por secuelas de secuestro y servicio de recuperación de datos en equipos informáticos como garantías más destacadas”.
El producto ofrece cobertura tanto a empleados comunitarios como extracomunitarios en dos modalidades: ‘Asistencia en Viaje Empresas’, para viajes con una duración determinada no superior a 365 días, y ‘Multiviaje Anual Empresas’, que cubre todos los viajes profesionales de menos de 90 días realizados durante un año.
En ambos casos, son contratables por empresas con domicilio en España para sus empleados comunitarios o extracomunitarios y con cobertura en cualquier país del mundo, excepto España o su propio país de origen.
Fiatc ofrece este seguro a través de su red de mediadores en todo el país que pueden contratarlo vía ‘emediador Fiatc’.
Ampliación de la cobertura de vehículo de sustitución
Por otra parte, Fiatc ha ampliado su cobertura de vehículo de sustitución, que ahora puede contratarse dentro de las coberturas de asistencia en viaje exclusivamente para turismos de uso particular.
La garantía consiste en reintegrar al asegurado los gastos de alquiler de otro vehículo por paralización de aquel que estuviera asegurado, siempre por motivos de accidente, avería y/o robos ocurridos en España.
El asegurado podrá acceder a la cobertura por dos vías: facilitar al asegurado un vehículo de la categoría C, o bien reintegrar los gastos de alquiler de otro vehículo o cualquier otro medio de transporte (taxi, etc.) con un límite máximo de 36 euros al día. Para ambos casos la prestación comenzará a partir del cuarto día a contar desde la entrada del vehículo asegurado en el taller reparador y mientras dure la reparación del mismo, estableciéndose un máximo de 7 días de cobertura.
Además, se incluyen diversas coberturas de protección jurídica mientras el asegurado conduzca el vehículo de alquiler.