En caso de siniestro Contacte enseguida con los centros de atención al cliente de su compañia.
Tiene 7 días para comunicar el siniestro e informar de las causas del accidente.
Si hay accidentados graves, contacte con los servicios de ayuda médica o policía. Anote los datos identificativos de los mismos.
Si hay daños materiales, cumplimente la Declaración Amistosa de Accidente de Automóvil en todos sus apartados, con especial detalle en el recuadro de "Circunstancias".
Tiene este impreso en su carpeta de póliza. Es conveniente que la firmen ambos conductores. Pero si existen dudas en la interpretación de la causa del accidente, no firme la Declaración Amistosa y requiera la Autoridad pertinente.
En caso de robo, denúncielo rápidamente a la autoridad competente.
Ahorre tiempo al declarar el siniestro a través de nuestra web o por teléfono.
Nuestros técnicos le asisten para que no se olvide de ningún dato importante y así iniciar la tramitación inmediatamente.
Sin papeleos y sin complicaciones.
Nuestros dispositivos periciales, médicos y jurídicos están a su disposición.
Resolvemos el siniestro de una manera rápida y cómoda.
Por cada parte presentado, en el que sea culpable o sea un siniestro de daños propios, se reducirá un nivel de su nivel de bonificación actual.
Tenga en cuenta que, a diferencia de otras compañías, una simple rotura de lunas no afecta su nivel de bonificación.
Sólo en el caso de haber cumplimentado la Declaración Amistosa de Accidente, debe enviar lo antes posible el parte escrito a su Compañía de seguros, junto con una copia de su DNI.
Cuando lo rellene, no olvide: Rellenar las casillas de las circunstancias del accidente; y hacer un pequeño croquis del mismo.
Conserve siempre en su poder el original de la Declaración Amistosa.
SI, siempre que se haga constar: fecha, lugar y forma de ocurrencia del siniestro; matrícula del vehículo asegurado y daños sufridos.
Si interviene un tercero, debe facilitar matrícula, marca y modelo del vehículo contrario, así como los daños sufridos y la compañía aseguradora.
SI, si se tiene concertada la cobertura de daños propios SIN franquicia.
Si se tiene concertada franquicia se tiene que dar un parte por cada lado del vehículo.
Dentro de los 30 días siguientes al vencimiento de la póliza no habría ningún problema; después de este plazo legal, se estudiarían los motivos del impago, puesto que al Tomador se le informa de la situación del recibo por escrito en varias ocasiones antes de dar de baja la póliza.
No, tendrá que llamar siempre al teléfono de asistencia para que nos pongamos en contacto con nuestros proveedores, salvo que por urgente necesidad se viera obligado a utilizar el primer servicio que pudiera.
No es suficiente contratar la garantía de Responsabilidad Civil (Obligatorio y Voluntario), es necesario además suscribir una garantía de daños (por ejemplo lunas, incendio, robo…).
Contactaremos con los proveedores más cercanos, intentando el desplazamiento de un mecánico para hacer una reparación de urgencia que permita al vehículo seguir circulando.
De no ser posible, se le enviará una grúa.
Los servicios propios de cada asegurador de Asistencia tienen un coste, para él, inferior al que cobra una grúa en servicio directo.
Asistencia intentará pagar su propio coste, si bien, normalmente, tendrá en cuenta la posibilidad o no del cliente para cumplir la condición de la póliza de llamada previa a Asistencia.
Es habitual que las autopistas no permiten la entrada a grúas distintas a sus conciertos para realizar un servicio.
Otras veces, la Guardia Civil llama a una grúa para eliminar rápidamente obstáculos en la vía. En estos casos, es usual que Asistencia pague la factura.
En otros supuestos, suelen limitar la indemnización a su coste.
La legislación sobre Tráfico, Circulación y Seguridad vial, en concreto el código de la Circulación, prohibe conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido y también el uso de cualquier aparato que pueda originar distracciones durante la conducción.
Consecuentemente, no se puede utilizar un teléfono sistema GSM, ni siquiera con el sistema "manos libres" consistente en un auricular.
Acaecido un accidente, si la Aseguradora demostrara que al tiempo de producirse el conductor estaba haciendo uso del teléfono (incluso con auriculares), procedería a rechazar el siniestro, no haciéndose cargo de indemnización alguna.
La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que pueda coexistir la llamada concurrencia de culpas o de conductas, como ha sido definida por la doctrina científica, entre el agente causante del hecho y el perjudicado.
Esta concurrencia permite la equitativa moderación de la responsabilidad, y, en definitiva, la indemnización concedida por el siniestro.
Así se han pronunciado numerosas sentencias de Audiencias Provinciales para el supuesto de atropellos de peatones.
En este tipo de accidentes es requisito imprescindible que el mismo se produzca en lugar no adecuado para el cruce de viandantes.
Están excluidos de la cobertura del Consorcio los daños causados en actuaciones tumultuarias durante manifestaciones o huelgas autorizadas.
Sólo estarían cubiertos si el juez competente estimara que las actuaciones tuviesen el carácter de motín.
En general, la cobertura del Consorcio es igual a la establecida en la póliza base, salvo en el seguro del automóvil en el que el Consorcio, a efectos de la cobertura, considera amparado todo el vehículo.
Los accesorios estarían cubiertos si también lo estuviesen en la póliza base, que no es su caso.
La reparación del vehículo: Lleve el vehículo a un concesionario oficial o bien a un taller de su confianza.
Si no sabe a qué taller acudir, nosotros le asesoraremos.
Si Ud. al contratar la póliza, ha optado por reparar en talleres concertados, elija desde aquí el que mejor se ajuste a sus necesidades.
Todos ellos han sido cuidadosamente seleccionados, para dar a nuestros clientes el mejor servicio.
¿La factura del Taller? Nosotros nos encargaremos de ella. Pagamos rápida y puntualmente. Recoja su vehículo y disfrute de él.
Indíquenos la fecha y el taller en el que desea reparar su vehículo.
En sólo 24 horas los daños son tasados con equidad y profesionalidad por un perito.
En caso de sufrir un accidente, siga los siguientes pasos:
Tome nota de todos los datos relacionados con el accidente: los del conductor contrario, los del vehículo o vehículos implicados y los del lugar donde se ha producido el accidente.
Entregue la declaración en la oficina más cercana.
En el caso de accidente con contrario, si es posible, utilice la declaración amistosa de accidente.
El problema se suscita al no haberse declarado como conductor a una persona con esas características de edad y carnet.
La aseguradora puede estimar que existe una agravación de riesgo y asumir el coste del siniestro en proporción a la prima cobrada y la que debería haber cobrado por las circunstancias del conductor.
El fondo del asunto está en la habitualidad de la conducción del vehículo por el menor.
Si su utilización es esporádica, la declaración como conductor no se ajustaría a la realidad.
Si es frecuente, efectivamente supone un cambio de riesgo que debería haberse informado al asegurador.
Las cláusulas limitativas de las garantías de las pólizas deben cumplir determinados requisitos para que sean operativas.
Por otra parte, los aseguradores deben someter sus contratos a la revisión de la Dirección General de Seguros, por lo que es probable que, en su caso particular, la condición limitativa sea matizable desde el punto de vista del Derecho.
Es función del Consorcio de Compensación de Seguros la contratación de cobertura de los riesgos no aceptados por los aseguradores privados.
Contacte con él y siga sus instrucciones.
El responsable del accidente tendrá que asumir todas sus consecuencias.
Los daños del vehículo serán reparados por el contrario o, si es de aplicación el convenio CIDE, por su propio asegurador.
Igualmente, deberá el contrario tomar a su cargo los daños producidos en el ordenador.
Normalmente, su póliza incluirá una garantía de reclamación a terceros, por lo que los gastos de reclamación serán asumidos por su asegurador.
Por la Ley de Responsabilidad Civil se cubren los daños personales de todos los ocupantes del vehículo asegurado hasta los límites del seguro obligatorio y en caso de superar estos, entra en juego la garantía complementaria ilimitada.
Sólo quedan excluidos por Ley, los daños personales del conductor, por tanto la Compañía responderá de dichos daños personales de todos los ocupantes exceptuando el conductor.
La garantía de Accidentes permite la contratación de capitales distintos para ocupantes y conductor, pudiendo elegir, hasta 48.081 Euros, el capital que se desee.