Reclamaciones al trabajo, quejas
Defensa y reclamaciones al trabajo, y de los derechos del cliente derivados del desempeño de su trabajo por cuenta ajena. Tanto por vía amistosa como judicial, en los supuestos siguientes:
Tipos de reclamaciones al trabajo
Conflictos individuales de trabajo: con la empresa privada u organismo público donde preste sus servicios. Por incumplimiento de las normas contractuales o legales de trabajo, a dirimir ante los organismos de conciliación y la jurisdicción social.
Para los funcionarios públicos, cuando no sea competente la jurisdicción social. La cobertura comprenderá el trámite de instrucción del expediente administrativo y posteriores recursos a resolver en vía administrativa. Vía contencioso-administrativa.
Defensa y reclamación del trabajador asegurado en los supuestos de “mobbing” o acoso laboral. Así como de acoso sexual en el ámbito laboral y del que pueda ser responsable el empresario.
Reclamación de daños corporales: que se causen al cliente por un tercero responsable identificable en el desempeño de su trabajo por cuenta ajena. No será de aplicación para esta cobertura la exclusión prevista en el artículo 22.6.
Evaluación médica de accidentados: en los supuestos previstos en el anterior apartado 3. En los que se causen lesiones al cliente como de las posibles secuelas que se pudieran producir: En defensa de los intereses jurídicos del cliente.
Reclamación de prestaciones sociales: en litigios con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Montepíos y Mutualidades de Previsión Social.
Reclamación de derechos derivados de pensiones: de jubilación, viudedad e invalidez, también en litigios con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Reclamaciones al trabajo. Defensa penal.
Defensa de la responsabilidad penal: en los procesos penales que puedan seguirse al cliente por hechos producidos en el desempeño de su trabajo por cuenta ajena. Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por el cliente. O aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.
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