Violencia de Género: Condenas
La Violencia de Género supone uno de los mayores problemas de la sociedad Española, sobre todo entre la población femenina.
Conscientes de este gran problema la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, creó unos juzgados para este tipo de casos que tienen conocimiento sobre estos asuntos, competencias penales y también civiles. Además, cabe destacar que hay que diferenciar entre Violencia de Género y Violencia Doméstica, ya que jurídicamente no es lo mismo.
Diferencia entre Violencia de Género y Violencia Doméstica
¿Qué es la Violencia de Género?
Se considera aquella que se ejerce contra una mujer por el hecho de serlo y por parte de su pareja, sin que sea necesaria la convivencia conjunta de ambos.
¿Qué es la Violencia Doméstica?
Es aquella que se produce en el núcleo familiar, puede ser ejercida por hombre o mujer indistintamente. Además, puede ser sufrida por cualquier miembro de la familia.
¿En qué juzgados se juzgan estos casos?
Se enjuiciarán en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Por otra parte, los otros casos se asignará el caso a un Juzgado de Instrucción.
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